Apartado 1
AVANCE DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA COMUNIDAD DE MADRID EN 2007
 Anexo Normativo

  1. Aspectos generales y descriptivos.
  - 1.1 Ámbito funcional, territorial y temporal.
  - 1.2 Ámbito institucional y administrativo.
 

- 1.3 Ámbito sectorial.

  2. Contenido de la Negociación Colectiva.
  - 2.1 El incremento salarial pactado.
  - 2.2 La jornada laboral.
  3. Los elementos cualitativos de la negociación.
  - 3.1 Cláusulas especiales.
  - 3.2 Composición de las mesas negociadoras.
 
   
 

1. Aspectos generales y descriptivos.

Se ofrece a continuación una panorámica actual de la negociación colectiva de 2007, los datos que se comentan a continuación corresponden a los convenios registrados a 30 de junio de 2007 en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y que tienen de inicio de efectos económicos este año.

Cabe advertir que, respecto a la estructura de la negociación colectiva, este Informe del año 2007 mantiene, en líneas generales, la misma sistemática de informes precedentes.

Hasta la fecha, según la experiencia de los tres últimos años, a finales de junio se habrían procedido ya al registro de una proporción importante del total de los Convenios Colectivos negociados durante cada uno de los años (ver gráfico). Concretamente, en 2004, 2005 y 2006, dichas proporciones fueron, respectivamente, el 54,3, 55,7 y el 69,2 por ciento, por lo que se refiere al número de convenios y el 66,3 , 55,2 y el 79,5 por ciento en lo que respecta al número de trabajadores afectados.

Los convenios registrados a finales de junio de 2007, en la Comunidad de Madrid, que iniciaron efectos económicos en este año fueron 436 afectando a 331.248 empresas y 921.039 trabajadores, en cuanto a las cifras de convenios registrados y trabajadores afectados representan una disminución en relación con el año 2006 y un aumento en relación al número de empresas. Así, a 30 de junio del presente año se han registrado un 8,6 y un 18,1 por ciento menos de convenios y trabajadores afectados, respectivamente, que los registrados en la misma fecha de 2006, mientras que el aumento registrado en empresas ha sido de un 27,1 por ciento (ver cuadro 1).

Como aproximación y teniendo en cuenta las observaciones hechas en la primera parte del informe correspondiente a la negociación colectiva en 2006, en este estudio se estima el grado de cobertura agregado que consigue la negociación colectiva a finales de junio en la Comunidad de Madrid es del orden del 40,7 por ciento. Este grado de cobertura se ha calculado como el porcentaje que representa a los 921.039 trabajadores que, al 30 de junio de 2007, tenían cerrada la negociación colectiva, y la población asalariada del sector privado que según la Encuesta de Población Activa del segundo trimestre del año era de 2.158.400 personas, más los 102.344 trabajadores afectados por convenios en la empresa pública y el personal laboral de las administraciones públicas en 2005 (ésta es la última fecha con que se cuenta con datos definitivos), ya que la negociación colectiva de los funcionarios no se recoge en la Hoja Estadística del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. (La evolución de la cobertura en el primer semestre se puede ver en el cuadro número 3)

1.1 Ámbito funcional, territorial y temporal.

Atendiendo al ámbito funcional, los convenios registrados a efectos estadísticos en este primer semestre con inicio de efectos económicos en este año fueron 436, afectando a 921.039 trabajadores. Del total de convenios, 361 fueron de empresa, es decir el 82,8 por ciento, y los 75 restantes, que suponen el otro 17,2 por ciento, fueron convenios de sector. La distribución de trabajadores entre uno y otro tipo de convenio difiere sustancialmente de la anterior; así mientras que, el 21 por ciento de los trabajadores estuvieron afectados por convenios de empresa, el 79 por ciento restante, estaban afectados por convenios de sector.

En el cuadro 2 se presenta el número de convenios registrados y el de trabajadores afectados según ámbitos de negociación en la Comunidad de Madrid. Como puede observarse, 727.874 trabajadores tienen sus condiciones de trabajo reguladas por convenios de sector. De ellos, una mayoría (el 62,5%) corresponden a convenios exclusivamente dentro de la Comunidad de Madrid, el 37,5 por ciento restante tienen convenio de ámbito superior al de la Comunidad.

La negociación colectiva a escala empresarial afecta a 193.165 trabajadores. A diferencia de los afectados por convenios sectoriales, se trata de trabajadores ocupados en empresas de dimensión relativamente grande; en efecto, los datos de 2007 muestran que mientras que la dimensión media de las empresas con convenio propio es de 447 trabajadores, la dimensión media de las que tenían convenio de sector, que afectaron a 330.816 empresas, es de 2 trabajadores.

Respecto al ámbito temporal, el número de convenios revisados son la gran mayoría, mientras que el número de los convenios firmados plurianuales es superior al de los firmados únicamente para 2007. La proporción de convenios firmados anuales son el 2,5 por ciento del total y afectan al 0,1 por ciento del total de trabajadores afectados por la negociación colectiva, todos ellos corresponden a convenios de empresa, ya que hasta el 30 de junio de 2007 no se habían registrado convenios de sector firmados con vigencia anual.

Los convenios firmados en el año con vigencia plurianual son el 5,7 por ciento y afectan al únicamente al 1,4 por ciento de los trabajadores, siendo el porcentaje de este tipo de convenio superior en los convenios de empresa, un 5,8 por ciento, que en los de sector, el 5,3 por ciento; ocurre igual en término de trabajadores afectados, con un 2 por ciento en los de empresa mientras que en los de sector sólo alcanzan un 1,3 por ciento.

Por último, los convenios revisados son la mayoría, representan el 91,7 por ciento del total de convenios y afectan al 98,4 por ciento de los trabajadores; la proporción de convenios revisados es superior en los convenios de sector, el 94,7 por ciento, que en los de empresa, el 91,1 por ciento. En el cuadro 4 se recogen las cifras comentadas diferenciando los convenios de empresa de los de sector.

1.2 Ámbito institucional-administrativo.

Hasta el 30 de junio, los convenios registrados de empresa en Madrid con efectos económicos desde el 1 de enero de 2007, presentaban la distribución que se refleja en el cuadro 5.

En 2007, dentro de los convenios de empresa, predominan los convenios de empresa privada, al representar el 84,5 por ciento del total y afectar al 53,2 por ciento de todos los trabajadores. Para la misma fecha la empresa pública en nuestra Comunidad ha negociado 31 convenios, el 8,6 por ciento del total, que abarcan al 13,4 por ciento de los trabajadores (25.960).

Durante este primer semestre del año, en la Administración del Estado y de la Seguridad Social son 5 los convenios del personal laboral firmados, que afectan a 30.052 trabajadores, mientras que en la Administración Local se han pactado 18 convenios, un 5 por ciento del total, que afectan a 6.171 trabajadores y, por último, la Administración Autonómica a firmado 2 convenios que afectan a 28.235 trabajadores.

1.3 Ámbito sectorial.

Según la actividad, las características más destacadas de los convenios a finales de junio en 2007 son las que se reflejan en el cuadro 6.

Como ya se ha señalado en informes anteriores, las características de la negociación colectiva por sectores de producción se han mantenido, sin cambios importantes, en los últimos años. Así, en lo que va de 2007, los servicios, con el 69,7 por ciento, y la industria, con un 28,9 por ciento, aportan el mayor número de convenios, mientras en el sector de la construcción y en el sector agrario se han registrado únicamente 2 y 4 convenios, respectivamente. Por trabajadores afectados, el sector servicios, con el 78,5 por ciento, es el de mayor importancia, en consonancia con su número de asalariados, le sigue en importancia el sector industrial con una proporción del 21,1 por ciento y el sector agrario con un 0,4 por ciento, por último la construcción que únicamente afecta a 433 trabajadores.

2. Contenido de la Negociación Colectiva.

2.1 El incremento salarial pactado.

El incremento salarial medio pactado en los 436 convenios colectivos en la Comunidad de Madrid con efectos económicos a partir del 1 de enero de 2007, registrados hasta el 30 de junio de este año, incluyendo tanto los negociados en el año como los que se firmaron en años anteriores con vigencia superior al año y que son de aplicación en 2007, fue de 2,98 por ciento, esta subida afecta a un total de 921.039 trabajadores.

Del total de los convenios pactados durante los seis primeros meses de este año, la mayoría, 420, se formalizaron en años anteriores aunque tienen una vigencia plurianual. El incremento salarial en estos convenios revisados es del 2,98 por ciento y repercute sobre 906.744 trabajadores. El resto de convenios firmados desde el comienzo del año hasta junio, contemplan un incremento del 3,42 por ciento y afectan a 14.795 trabajadores. En total, de los 36 nuevos convenios, 25 tienen vigencia anual y aseguran una subida salarial de 2,57 por ciento y que afecta a 13.054 trabajadores, mientras que el resto, 11, tienen una duración superior al año en curso y el aumento contemplado es del 3,50 por ciento, lo que repercute en 1.241 trabajadores (ver cuadros 4 y 10).

Este porcentaje de crecimiento salarial medio para el total de convenios en el primer semestre de 2007 se encuentra en 1 punto porcentual por encima del criterio de referencia utilizado por el Gobierno (un 2 %) en el cuadro macroeconómico establecido para el presente año, aunque la tasa interanual de inflación en España se sitúo en junio de 2007 en el 2,4 por ciento. Así mismo, el crecimiento salarial medio para los convenios firmados desde el comienzo del año y con vigencia superior al año, supera en 1,5 puntos porcentuales a la previsión oficial de inflación para el 2007, si bien estos datos son todavía provisionales.

En cuanto a la distribución según tramos, y tal como puede observarse en el cuadro 11, se produce una fuerte concentración de convenios, el 83 por ciento, y de trabajadores afectados, un 68,7 por ciento, en el intervalo que incluye los tramos de incremento del 2 al 3 por ciento, siendo destacable, asimismo, el elevado porcentaje de convenios, 27,8 por ciento, con incremento salarial pactado del 2 por ciento, que coincide con la previsión anual de inflación, que afectaban al 17,8 por ciento de trabajadores; cabe también señalar que el 71,6 por ciento de convenios pactaron incrementos salariales por encima de la previsión de inflación, afectando a un colectivo de trabajadores del 82,1 por ciento, y apenas se registraron convenios, en el primer semestre del año, en donde se pactaran incrementos salariales inferiores a la inflación prevista.

Por ámbito funcional, el incremento salarial pactado en los convenios de sector fue del 3,1 por ciento, superando en 0,7 puntos porcentuales al pactado en los convenios de empresa, que fue del 2,4 por ciento.

Finalmente, dentro del ámbito funcional de los convenios considerando sólo los de empresa, conviene separar el sector privado del público, obteniéndose los porcentajes de incremento salarial que refleja el cuadro 12.

En los convenios de empresa privada la subida es del 2,6 por ciento para el presente año, mientras que en las empresas del sector público se sitúa en el 2,7 por ciento. Para el personal laboral de la Administración del Estado y la Seguridad Social y para el resto de personal laboral de las otras Administraciones públicas en la Comunidad, es coincidente con la previsión anual de inflación para este año establecida en los presupuestos del estado.

Por sectores productivos, el incremento salarial en los convenios colectivos negociados con efectos económicos en 2007, registrados hasta el 30 de junio del presente año, fue el que refleja el cuadro 13.

De lo que se desprende que el incremento salarial de los servicios y el sector agrario se sitúa en la media y el resto de los sectores por debajo.

En el cuadro 14 figuran los incrementos salariales producidos en la negociación colectiva de 2007, atendiendo a las divisiones de actividad. Del examen de los datos mencionados en el anterior cuadro cabe realizar las siguientes consideraciones:

  • Los subsectores de "Otras actividades sociales y servicios prestados a la comunidad" y "Servicios personales" son los que han experimentado mayores incrementos salariales, con un 6,8 y un 6 por ciento, respectivamente.
  • En cuanto a las divisiones de actividad que experimentan el menor crecimiento se produce en "Administracción Pública. Defensa y Seguridad Social. Organismos Extraterritoriales" y las de "Intermediación financiera", con un incremento salarial medio del 2 y 2,1 por ciento, respectivamente.

2.2 La jornada laboral.

Como puede observase en el cuadro 16, en los convenios registrados hasta finales de junio del presente año, la jornada media en horas/año pactada en los convenios colectivos en la Comunidad de Madrid alcanza la cifra de 1.736, la jornada pactada equivale a 38 horas semanales[3]. Esta jornada es inferior en 10 horas anuales a la registrada en los convenios colectivos registrados hasta finales de junio del presente año para 2006, cabe significar la diferencia que resulta entre los convenios de empresa y de sector, es de 82 horas anuales inferior en el primer tipo, diferencia más acusada que la que se dio en 2006 (79 horas).

La jornada media pactada por sectores de actividad económica y su distribución por ramas y ámbito funcional figura en el cuadro 18.

La variación de la jornada en horas/año, por tramos, que se ha producido en los convenios colectivos cuyos efectos económicos se inician en 2007, registrados hasta el 30 de junio de 2007, se observa en el cuadro 17. El tramo más importante es el de los convenios con jornada comprendida entre 1.759 a 1.803 horas al año, son el 31,4 por ciento del total de los convenios y se encuentran en el mismo el 55,6 por ciento de los trabajadores. Por último señalar que el 23,6 por ciento de los trabajadores afectados por convenio tienen una jornada inferior a las 1.712 horas año, esta jornada equivale a 37 horas con 29 minutos semanales.

3. Los elementos cualitativos de la negociación.

3.1 Cláusulas especiales.

Se analizan a continuación las cláusulas de tipo cualitativo contenidas en los convenios registrados hasta el 30 de junio de 2007 y con inicio efectos económicos en 2007 en la Comunidad de Madrid. Estas cláusulas especiales son objeto de la negociación colectiva y se incluyen como tales en el texto de los convenios, lo que permite determinar los trabajadores a los que afectan y su frecuencia. En el cuadro 19, 19.1, 20, 20.1, 21, y 21.1 se resumen las citadas cláusulas en los convenios de 2007 y los trabajadores a los que afectan.

Atendiendo a la frecuencia con la que figuran en los convenios colectivos, deben citarse las relativas a las cláusulas relativas a la salud laboral incluidas en el 88,1 por ciento de los convenios, y afectando a un colectivo de trabajadores cifrado en el 60,4 por ciento del total. La cláusula más frecuente dentro de este grupo es la que hace referencia a la "existencia de Comité de Seguridad y Salud" que se pactó en el 72 por ciento de los convenios, seguida de la relativa al "reconocimiento médico anual a cargo de la empresa", que se pacto en el 70,4 por ciento de los convenios, afectando dichas cláusulas al 54,4 y al 34,9 por ciento, respectivamente, del total de trabajadores; con porcentajes relativamente alejados, 60,3 y 53,9 por ciento, respectivamente, se pactaron las correspondientes a "programas de prevención de riesgos" y "cursillos en materia de seguridad e higiene", siendo los trabajadores afectados por estas cláusulas el 27,9 y 29,8 por ciento, respectivamente. La cláusula menos incluida en los convenios de este grupo fue "reconocimiento médico con revisión ginecológica", pactada únicamente en el 15,4 por ciento de los mismos.

Las cláusulas relativas al establecimiento de complemento de prestaciones sociales, que se establecen en el 82,3 por ciento de los convenios y afectan al 59,1 por ciento del total de trabajadores. De este tipo de cláusulas, las más frecuentes son las de "complementos por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales" y "complementos por enfermedad común", puesto que se incluyen en el 64,2 por ciento de los convenios cada una de ellas y afecta al 44,5 y 42,6 por ciento de los trabajadores, respectivamente; le siguen, en orden decreciente de importancia, las relativas a "complementos por jubilación", "complemento por maternidad" y "complementos por invalidez", establecidas en el , 25,7, 23,2 y 22,9 por ciento de los convenios, respectivamente. Otras cláusulas de menor importancia cuantitativa también contenidas en este grupo son las de "complemento a la viudedad" y "complemento a la orfandad", incluidas en el 4,8 y el 5 por ciento de los convenios, respectivamente.

Las cláusulas en materia de actividad sindical en cuanto a número de convenios que las contienen alcanzan el 68,3 por ciento, correspondiéndoles el 91,1 por ciento del colectivo de trabajadores afectados por las cláusulas investigadas. La más frecuente de este grupo es la relativa al establecimiento de "acumulación de horas sindicales en un mismo representante", incluidas en el 50,7 por ciento de los convenios para un colectivo de trabajadores del 75,4 por ciento. Otras cláusulas de este grupo son las de "descuento en nómina de la cuota sindical", establecimiento de "garantías y competencias superiores a las establecidas legalmente", y la relativa a "mejoras sobre el convenio anterior", recogidas todas ellas en el 38,8, 30,5 y 22,2 por ciento de los convenios, respectivamente.

Respecto a las cláusulas sobre el empleo, se pactaron en el 57,3 por ciento de los convenios y afectaron al 67,6 por ciento del total de trabajadores. La más frecuente del grupo fue la relativa a la "movilidad funcional", pactada en el 22,5 por ciento de los convenios para un 17,3 por ciento de trabajadores, seguida de la relativa a la "conversión de trabajo temporal en fijo" y "mantenimiento del empleo", recogidas en el 20,2 y 20,4 por ciento de los convenios, respectivamente, y que suponen en términos de trabajadores afectados, el 34,2 y el 25,5 por ciento, respectivamente. Las de "movilidad geográfica" y "creación de empleo por jubilación" se pactaron en el 19 y el 13,1 por ciento de los convenios, respectivamente; por último las "Otras cláusulas sobre contratación", con el 9,4 por ciento, las relativas a la "creación neta de empleo", fueron las menos pactadas, se incluyó únicamente en el 5,3 por ciento de los convenios.

Las cláusulas de formación profesional se incluyeron en el 53,4 por ciento de los convenios y afectaron al 44,6 por ciento de los trabajadores, contenidas en este grupo se encuentran, por orden decreciente de frecuencia, fueron las de "plan de formación", "ayudas de estudios al trabajador" y "permisos retribuidos para la formación", pactadas, respectivamente, en el 32,6, 21,8 y 19,3 por ciento de los convenios, correspondiéndoles, también respectivamente, el 29,1, 11 y 20 por ciento de los trabajadores.

Las cláusulas sobre jubilación y horas extraordinarias se pactaron en el 51,4 y 31,7 por ciento, respectivamente, afectando a mayor porcentaje de trabajadores la primera, 72,3 por ciento, que la segunda, 37,1 por ciento. Dentro del primer grupo, la más frecuente fue la relativa a "establecimiento de estímulos a la jubilación voluntaria", 22,9 y 23,1 por ciento de convenios y trabajadores, respectivamente, mientras que en el segundo grupo la más pactada, después de "otras" cuyo contenido se desconoce, fue la de "eliminación de horas extraordinarias", incluida en el 6,9 por ciento de los convenios para un colectivo de trabajadores del 24 por ciento.

En el grupo de otros temas objeto de negociación, las cláusulas más frecuentes fueron, por este orden, las de "cláusulas de revisión por garantía salarial", "incentivos ligados a la productividad", "no discriminación y promoción de la igualdad de sexos", y la relativa a la "existencia de salario mínimo de convenio", pactadas, respectivamente, en el 62,1, 31,9, 28,9 y 28 por ciento de los convenios, lo que supone en términos de trabajadores afectados, y por el mismo orden, el 62,1, 26,1, 47,4 y 33,5 por ciento del total. Otras cláusulas contenidas en este apartado son las de "transporte de los trabajadores a cargo de la empresa", pactada en el 20,4 por ciento de los convenios para un porcentaje de trabajadores del 7,2 por ciento y la de "participación de los trabajadores en la organización del trabajo", incluida también en el 16,7 por ciento de los convenios con un colectivo de trabajadores del 21,1 por ciento.

3.2 Composición de las mesas negociadoras.

En el gráfico puede observarse que los sindicatos mayoritarios, CC.OO. y UGT, participaron en la negociación colectiva de la primera mitad de 2007 en la Comunidad de Madrid, respectivamente, en el 74,1 y el 72,5 por ciento de las negociaciones de los convenios, bien mediante sus representantes directos o por la participación de sus afiliados en las comisiones negociadoras, siendo los porcentajes de trabajadores afectados por estos convenios considerablemente más elevados. El número de representantes de CC.OO. que han participado, hasta finales de junio, en la negociación de los convenios del presente año en Madrid es de 1.255 y el de UGT es de 1.145, lo que supone un 41,2 y un 37,6 por ciento, respectivamente, del total de representantes que participaron en la negociación, siendo el porcentaje de trabajadores afectados por los convenios en cuya negociación participó CC.OO., el 97,3 por ciento, y el de los afectados por convenios en cuya negociación participó UGT, el 97,8 por ciento.

El conjunto de "Otros sindicatos" participó en la negociación del 41,1 por ciento de los convenios, con un total de 405 representantes, es decir, el 13,3 por ciento del total. Por último, los representantes del "Grupo de trabajadores", que suponen el 7,9 por ciento restante, participaron en la negociación del 18,6 por ciento de los convenios.

El cuadro 22 pone de manifiesto que en la negociación de los convenios de sector disminuye la participación del "grupo de trabajadores" presentados como no pertenecientes a sindicato alguno, como consecuencia de la imposibilidad legal de que participen en la negociación de la mayoría de esta clase de convenios, y se incremente en la presencia de los sindicatos más representativos en el ámbito de la comunidad, por cuanto que CC.OO., actuando con 297, ha intervenido en la negociación de 72 convenios de este tipo, que afectaban a 719.962 trabajadores, en tanto que UGT, actuando con 280 representantes, ha participado en la negociación de 73 convenios del mismo tipo, que afectaban a 724.118 trabajadores, lo que permite a su vez considerar la participación simultánea de ambos sindicatos en la negociación de muchos de estos convenios.

La representación empresarial en los convenios de sector la vienen ostentando Asociaciones o Federaciones empresariales del Sector correspondiente, según ámbito funcional del Convenio, adscritas, en su mayoría a CEIM, Confederación Empresarial Madrid-CEOE y a la propia CEOE.


 
  • [3] La conversión de horas anuales en semanales se suele realizar, desde el Acuerdo Interprofesional de 1983, suscrito entre UGT Y CEOE/CEPIME, por la fórmula JS = JA x 6/DT, siendo JA la jornada anual, JS la jornada semanal, 6 los días laborales a la semana y DT los días de trabajo al año que son igual a 274 (365-30 días de vacaciones -13 días festivos -48 domingos). En este caso, para obtener la jornada semanal, la operación es: Jornada semanal = (1.736*6)/274 = 38,01.